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Si estás planeando viajar en o después de 2007, por favor toma un momento para revisar las políticas de pasaporte a continuación.
Si no tienes un pasaporte válido, asegúrate de evitar los tumultos de gente y date suficiente tiempo para solicitar uno. Cuando tengas tu pasaporte, el mundo entero será tuyo para explorar.




Requerimientos de Pasaportes para Ciudadanos de EEUU

Viajes Aéreos

A partir del 8 de enero de 2007 se les requerirá pasaporte a todos los ciudadanos de EEUU que estén viajando hacia o desde todos los destinos internacionales. Esto incluye todos los destinos alrededor del mundo hacia donde viajan nuestros barcos, como las Bahamas, Bermuda, Canadá, el Caribe, México, Europa, Asia, Centroamérica y Sudamérica.

Viajes en Cruceros

Desde el 1 de enero de 2008, sujeto a una enmienda del Gobierno de EEUU, se requerirán pasaportes para todos los ciudadanos de EEUU que viajen en crucero hacia o desde todos los destinos internacionales. Esto incluye todos los destinos alrededor del mundo hacia donde viajan nuestros barcos, tales como las Bahamas, Bermuda, Canadá, el Caribe, México, Europa, Asia, Centroamérica y Sudamérica.

Hasta entonces, aplican los siguientes requerimientos de documentos:

Viajes Internacionales
Se requiere un pasaporte válido; se requieren visas donde estas apliquen. Esto incluye Europa, Asia, Centroamérica y Sudamérica.

Viajes Domésticos
Para los viajes domésticos que incluyen: las Bahamas, Bermuda, Canadá, el Caribe y México, se recomienda traer el pasaporte (válido o vencido).
Si no tienes un pasaporte, se requiere un certificado de nacimiento (original o una copia certificada), además de una tarjeta de identidad con foto emitida por una agencia gubernamental federal, estatal o local.
Ni la tarjeta de registro como votante ni la tarjeta de Seguridad Social se consideran prueba de ciudadanía.

NUESTRAS RECOMENDACIONES

Royal Caribbean International® recomienda que todos sus huéspedes viajen con un pasaporte válido durante su crucero. Esto es una gran ayuda para aquellos huéspedes que pueden tener necesidad de volar por fuera de los Estados Unidos para encontrarse con su barco en el siguiente puerto disponible en caso de perder su embarcación programada en un puerto de EEUU para los huéspedes que ingresan a los EEUU al final de su crucero; y los huéspedes que necesitan volar a los EEUU antes del final de su crucero por razones de emergencias médicas, familiares, personales o de negocios, que pierdan la partida de un barco de un puerto visitadoque sean desembarcado por causas de mala conducta, u otras razones.

Los huéspedes que viajan después del 8 de enero de 2007 y necesiten volar a los Estados Unidos antes del final de su crucero probablemente encontrarán demoras significativas y complicaciones relacionadas con la reserva de tiquetes aéreos y la entrada a los Estados Unidos si no portan un pasaporte válido de los EEUU.

Para mayor información de pasaportes visita www.travel.state.gov (en inglés). O, si lo prefieres, puedes contactar a Passport Express en (en inglés) para aplicaciones y asistencia.

Ciudadanos de países distintos a EEUU
Necesitarás un pasaporte válido y, en algunos casos, una visa. Si vives en los EEUU, también necesitarás la copia original de tu Tarjeta de Registro como Extranjero (ARC o “Green Card”) y cualquier otra documentación requerida por los países en su itinerario debido a tu estatus de extranjero.

Programa de Renuncia de Visas
Los ciudadanos de los países del Programa de Renuncia de Visas de: Andorra, Australia, Austria, Bélgica, Brunel, Dinamarca, Finlandia, Francia, Alemania, Islandia, Irlanda, Italia, Japón, Liechtenstein, Luxemburgo, Mónaco, los Países Bajos, Nueva Zelanda, Noruega, Portugal, San Marino, Singapur, España, Suecia, Suiza y el Reino Unido que deseen ingresar a los Estados Unidos requerirán un pasaporte legible con máquina que sea válido por la duración de su viaje. Un pasaporte legible por máquina tiene un código alfanumérico en la parte inferior de la hoja de información personal. Por ejemplo:

P<<UKDOE<<JOHN<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<1234567890M1234567890M1234567890<1234567890

Los viajeros del Programa de Renuncia de Visas que lleguen a los EEUU en o después del 26 de octubre de 2005 con pasaportes emitidos en o después de esta fecha deberán presentar pasaportes con una fotografía digital.

Los viajeros del Programa de Renuncia de Visas que lleguen a los EEUU en o después del 26 de octubre de 2005 con pasaportes emitidos en o después de esta fecha deberán presentar un pasaporte biométrico u obtener una visa para ingresar a los Estados Unidos.

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